Los concursos de acreedores, es decir las quiebras y suspensiones de pagos de empresas, se están reduciendo según las últimas estadísticas del procedimiento concursal (EPC) del Instituto Nacional de Estadística (INE). De hecho al cierre del primer trimestre del 2015 se produjeron un total de 1.560 concursos de acreedores, lo que supone un 26,60% menos respecto al mismo periodo del 2014. Una disminución continua desde el máximo de procedimientos concursales registrados en 2013.
Conclusiones de las estadísticas del procedimiento concursal del INE
El peso de la construcción entre las empresas concursadas sigue siendo muy alto, de hecho en el primer trimestre del 2015 suponen el 21,50% del total de concursos.
Además según la forma jurídica más del 78% de los concursos se han producido entre sociedades de responsabilidad limitada. Dado que esta forma jurídica es una de las preferidas entre el tejido empresarial español, en especial por las más pequeñas. De hecho el 38% de las empresas concursadas tiene una cifra de negocio inferior a los 250.000 euros. Lo que unido a la baja cifra de capital social en las SL hace que estas sociedades sean especialmente vulnerables a las crisis económicas, dado que el porcentaje de préstamos y deudas con proveedores suele ser muy superior a la cifra de capital social.
En el primer trimestre del 2015 1.460 empresas han instado procedimientos concursales de forma voluntaria, es decir por el propio deudor, lo que supone un 26,50% menos que en el mismo periodo del 2014.
En cuanto a las principales comunidades autónomas que registran más concursos de acreedores nos encontramos con que Cataluña, Madrid y Valencia encabezan los primeros resultados. Lo que supone más de la mitad del total de procedimientos concursales de toda España. Aunque en el caso de las dos primeras existe un importante descenso del número de concursos, más del 41%, mientras que en la comunidad Valenciana el descenso es de un escaso 4,90%. Mientra que por sectores de actividad Madrid sigue la tendencia nacional y el mayor porcentaje de concusos se registran en la construcción, mientras que en Cataluña y Valencia es el sector del comercio al por mayor el que registra un mayor número de procedimientos concursales.
Liquiación concursal y sentencia del TSJ
Pero tras las estadísticas del procedimiento concursal del (INE) tenemos como explicación algunos hechos que están viviendo los abogados concursales en la práctica, como por ejemplo que muchas empresas concursadas que aprobaron el convenio de acreedores entre los años 2011 y 2013 han visto como no pueden hacer frente a los pagos. Lo que les supone incumplir el plan de viabilidad y pagos aprobado con la mayoría de los acreedores. Lo que supone la apertura de la fase de liquidación del deudor, y que el administrador concursal tenga que actualizar la valoración de los activos, muchas veces mal vendidos o con importantes minusvalías, y del pasivo de la empresa concursada.
De cara a la fase de liquidación es importante recordar la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el 12 de diciembre el 2014 que reinterpreta el artículo 84.4 de la Ley Concursal. Lo que según los abogados concursales supone en la práctica mayor seguridad jurídica en los planes de liquidación que realizan los administradores concursales. Al conocer en todo momento cuál es el activo disponible, al no poder ser afectado por eventuales ejecuciones de la Administración Pública. Porque desde dicha sentencia, organismos como la Seguridad Social o la Hacienda Pública (AEAT) pierden sus privilegios y sus créditos se vuelven ordinarios. Es decir iguales a los créditos del resto de acreedores. Esta sentencia supone en la práctica que por ejemplo la Agencia Tributaria no pueda embargar activos de forma prioritaria para cobrar el 100% de sus créditos, sino que la ejecución universal del patrimonio del deudor servirá para satisfacer de forma proporcional los créditos del total de la masa de acreedores, en la fase de liquidación concursal. Ya que hasta la sentencia del TSJ los organismos públicos realizaban embargos de activos al inicio de la fase de liquidación, dejando sin casi opciones de cobro al resto de acreedores.